Las AFP dejan la posta a la Gestora: diez cosas que debe saber sobre el proceso

La normativa vigente deja en claro varios puntos de la transición, pero aún no hay información clara sobre otros. Se perciben vacíos legales a poco tiempo de que la empresa estatal se haga cargo del Sistema Integral de Pensiones

Los aportes de los trabajadores para su jubilación están por ser administrados en su totalidad por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, lo que ha causado muchas reacciones en la población, dudas, expresiones de apoyo y movilizaciones de grupos que rechazan esta operación.

A continuación, le ofrecemos algunas pautas importantes que pueden informarle sobre lo que implica este amplio proceso.

1¿Cuándo pasará la administración plena de los aportes de los trabajadores para su jubilación a manos de la Gestora Pública?

Desde el lunes 15 de mayo de este año, las AFP Futuro y la AFP Previsión suspenderán su atención al público y la Gestora Pública abrirá las puertas de sus oficinas asumirá el control total de los regímenes contributivo y semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones.

Según el Decreto Supremo 4585, al comenzar estas operaciones, la empresa estatal debe contar con la capacidad tecnológica, operativa y de infraestructura a nivel nacional, en zonas urbanas y rurales, para continuar prestando servicios a los asegurados del sistema “de forma ininterrumpida, eficiente y oportuna”.

2¿Cuándo vence el plazo para tramitar la jubilación en las AFP Futuro o Previsión?

Las AFP admiten el inicio de estos trámites hasta el 15 de cada mes, pero no se tienen claro cuál será la situación en mayo próximo, por lo que los expertos recomiendan no iniciar ningún trámite de ese tipo hasta que la Gestora comience a dirigir todos estos procesos.

3¿Puedo elegir en qué entidad jubilarme?

Desde septiembre de 2022, la Gestora Pública es la única empresa que registra a los nuevos asegurados del Sistema Integral de Pensiones.

4 Bajo la administración de la Gestora, ¿qué pasará con los aportes de los trabajadores que no fueron depositados a las AFP por los empleadores?

El Decreto 778 de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones establece que la Gestora Pública está obligada a iniciar un proceso penal para la recuperación de las contribuciones y aportes solidarios de los trabajadores que no hayan sido depositados por el empleador en un plazo máximo de 120 días calendarios, desde que se constituyó la mora. La empresa estatal deberá seguir con este proceso “hasta su conclusión”.

Esta instrucción es también de cumplimiento obligatorio para las dos AFP, que deben asumir todas las disposiciones de la Ley 065 y sus reglamentos. Esto quiere decir que Futuro y Previsión deben hacer seguimiento de los procesos judiciales que iniciaron para la recuperación de los aportes de sus afiliados hasta que esos procesos concluyan.

5¿Cómo afecta la baja rentabilidad de los aportes del trabajador a la pensión de jubilación?

El menor interés que cobran los fondos de pensiones tiene dos efectos en los aportantes, según Gustavo Rodríguez, director de la organización para la seguridad social Flora Tristán.

Primero, que el trabajador activo no va a acumular el capital suficiente para tener una “pensión óptima”, equivalente al 60 o 70% de su promedio salarial, después de 30 o 35 años de trabajo. Segundo, que las pensiones de los jubilados se reducen todos los años, por la menor rentabilidad y por causa de la inflación.

6¿Qué frena la mayor rentabilidad de los aportes del trabajador?

Hay varios factores por los cuales el rendimiento de los ahorros de los trabajadores se ha mantenido por debajo del 5% en promedio en los últimos años. Entre ellos, el hecho de que el Gobierno no ha permitido que las AFP inviertan más del 10% de los fondos de pensiones en el exterior (de acuerdo con la Fundación Milenio), en momentos en los que se podía haber conseguido tasas de interés más altas por estos ahorros.

Esta decisión ha limitado las inversiones de estos recursos al mercado nacional, donde por ejemplo el interés que pagan inversores como el Estado osciló entre un 3,5% y un 4,5% entre 2014 y 2019, a plazos de entre 20 y 100 años. El economista Armando Álvarez recuerda que los bonos soberanos que recambió el Estado boliviano en el exterior en 2022 tenían un interés del 7,5% a un plazo de solo ocho años, una tasa que subió al 10% para su negociación en enero de 2022.

7¿A qué edad se pueden jubilar hombres y mujeres?

Tras la promulgación de la Ley 065 de Pensiones, la edad de jubilación bajó de 65 a 58 años para la población masculina y de 60 a 55 años para la femenina.

El asegurado puede acceder a una pensión en tres casos.

Primero, independientemente de su edad, siempre y cuando no haya realizado aportes al Sistema de Reparto y financie con el saldo acumulado en su cuenta personal previsional: una pensión igual o superior al 60% de su referente salarial de vejez, el monto necesario para financiar los gastos funerarios y la pensión por muerte para sus derechohabientes.

Segundo, a los 55 años hombres y 50 años mujeres, siempre y cuando haya realizado aportes al Sistema de Reparto que le generen el derecho a una compensación de cotizaciones y financie con ésta más el saldo acumulado en su cuenta personal previsional: una pensión igual o superior al 60% de su referente salarial de vejez, el monto necesario para financiar los gastos funerarios y, la pensión por muerte para sus derechohabientes.

Tercero, a partir de los 58 años de edad, independientemente del monto acumulado en su cuenta personal previsional, siempre y cuando cuente con al menos 120 aportes y financie un monto de pensión de vejez mayor al monto de la pensión solidaria de vejez que le correspondería de acuerdo a su densidad de aportes.

8¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite de jubilación?

El asegurado dependiente debe presentar fotocopia del documento de identidad; certificado de nacimiento (original o fotocopia) o certificado de bautismo (original), para los nacidos antes de 1948; fotocopia de los Formularios de Pago de Contribuciones (solo si el asegurado tiene aportes pagados por adelantado); y certificado de nacimiento de sus derechohabientes (original o fotocopia) o certificado de bautismo (original), para los nacidos antes de 1948.

También debe presentar certificado de matrimonio (original o fotocopia) con vigencia máxima de un año; o si corresponde, Testimonio Judicial de Convivencia (original); testimonio de Tutoría si corresponde (original) y documento de identidad del tutor o tutores (original); y resolución de invalidez emitida por el Ente Gestor de Salud o documentación técnica médica que avale la condición del derechohabiente, en caso de hijos inválidos.

9¿Por qué las pensiones de jubilación en Bolivia se calculan para 110 años?

El momento en el que un asegurado en el sistema de pensiones inicia su trámite de jubilación, las AFP (y desde mayo la Gestora) toman el dinero ahorrado en la cuenta previsional (capital acumulado) de esa persona y lo distribuyen en el tiempo presumiendo que dicho asegurado y/o sus derechohabientes van a llegar a vivir hasta los 110 años de edad. Las fracciones más grandes se pagan en los primeros años y las más pequeñas en los últimos.

Sin embargo, Gutiérrez observa que no tiene sentido garantizar el ahorro del asegurado para que pueda recibir una pensión en caso de que viva hasta los 110 años, si la esperanza de vida es de 74 años en promedio. Este es un tema que aún no se ha debatido a nivel social.

10¿En qué plazo deben registrarse los nuevos trabajadores dependientes al SIP?

Los trabajadores dependientes pueden registrarse voluntariamente al SIP en un plazo máximo de 10 días hábiles de iniciada la relación laboral. En caso de no hacerlo, el empleador tiene la obligación legal de registrar a ese trabajador dentro de los siguientes 15 días hábiles.

FUENTE: EL DEBER

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